La parte dogmática de la constitución establece dos tipos de derechos: las garantas individuales y los derechos sociales. Las garantías individuales son los derechos que poseemos, como personas, en tanto habitamos en el territorio nacional seamos o no mexicanos.
Igualdad: se refiere a que todos tenemos los mismos derechos y obligaciones ante la ley.
Libertad: quiere decir que podemos tomar las decisiones que consideremos necesarias pero respetando a los demás.
Seguridad Jurídica: el estado debe garantizar que las leyes sean cumplidas de manera homogénea por todos.
Propiedad: es el derecho de todas las personas de gozar y exponer de sus bienes.
Los derechos sociales reconocidos por nuestra constitución son los siguientes:
Educación: en el art.3 constitucional se establece que la educación preescolar, primaria y secundaria son obligatorias, gratuitas y laicas.
Trabajo y seguridad social: condiciones que debe tener un trabajo digno, las horas de la jornada asi, como los derechos laborales de los trabajadores, corresponde al art.123.
Salud: tenemos derecho al bienestar físico, mental y social el art al que corresponde esto en el 4.
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