domingo, 3 de junio de 2012

SUBTEMA 10: EL RESPETO A LAS LIBERTADES Y A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS CIUDADANOS.




La parte dogmática de la constitución establece dos tipos de derechos: las garantas individuales y los derechos sociales. Las garantías individuales son los derechos que poseemos, como personas, en tanto habitamos en el territorio nacional seamos o no mexicanos.


Igualdad: se refiere a que todos tenemos los mismos derechos y obligaciones ante la ley.


Libertad: quiere decir que podemos tomar las decisiones que consideremos necesarias pero respetando a los demás.


Seguridad Jurídica: el estado debe garantizar que las leyes sean cumplidas de manera homogénea por todos.


Propiedad: es el derecho de todas las personas de gozar y exponer de sus bienes.


Los derechos sociales reconocidos por nuestra constitución son los siguientes:


Educación: en el art.3 constitucional se establece que la educación preescolar, primaria y secundaria son obligatorias, gratuitas y laicas.


Trabajo y seguridad social: condiciones que debe tener un trabajo digno, las horas de la jornada asi, como los derechos laborales de los trabajadores, corresponde al art.123.


Salud: tenemos derecho al bienestar físico, mental y social el art al que corresponde esto en el 4.




Vivienda: todos tenemos derecho a una vivienda digna art.4.







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